La empresa del Grupo Amica, Soemca Empleo SL, centro especial de empleo, ha sido condenada por el Juzgado Nº 4 de Santander a revocar la sanción impuesta de 2 meses de empleo y sueldo a un delegado de Prevención de Riesgos Laborales de USO en la empresa.
La empresa sancionó al delegado de Prevención por acceder a las instalaciones de la empresa aunque el delegado informó que lo estaba haciendo en calidad de delegado de Prevención y para verificar las condiciones de trabajo en plena pandemia.
El pasado 25 de mayo de 2020, la empresa comunicó al delegado la apertura de un expediente acusándole de incumplimiento de las medidas de seguridad y protección establecidas por la empresa y un presunto abuso de confianza, posteriormente con fecha 12 de junio de 2020, se le impuso una sanción de 60 días de empleo y sueldo.
Previamente a estos hechos, el comité de empresa de Soemca empleo S.L, había denunciado ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social reiterados incumplimientos en materia de Prevención de Riesgos y Salud Laboral durante los primeros meses de pandemia. La Inspección visitó las instalaciones de la empresa el día 17 de abril de 2020. Este mismo día, el delegado de Prevención posteriormente sancionado, se personó en el centro de trabajo, a petición de varios compañeros para comprobar si se estaba cumpliendo correctamente con las medidas de seguridad implantadas ante el COVID 19. El jefe de producción y el responsable de Prevención de la empresa trataron de impedir que accediera a las instalaciones. Una vez realizada la visita, se procedió a realizar por parte de Inspección de Trabajo varios requerimientos a la empresa por incumplimiento de distanciamiento social y para que facilite a los trabajadores EPIS debidamente homologados, entre otros requerimientos.
Desde USO celebramos esta sentencia contra SOEMCA EMPLEO, S.L en la que se revoca la sanción impuesta, dejándola sin efecto y se la condena a al pago de los salarios que hubieran dejado de abonarse que ascienden a 2.482,2 €.