- Solo venía pagando los días efectivos sin descansos ni vacaciones
Santander a 3 de noviembre de 2023.- El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Santander, ha condenado al Ayuntamiento de Santander al abono de las diferencias retributivas del complemento de destino y complemento específico de suboficial a subinspector de policía, desde el en año 2019, más los intereses.
Esta sentencia tiene como consecuencia que el consistorio se verá obligado a partir de ahora, caso de hacerse firme la sentencia, a abonar la realización de categoría superior desde el primer día y durante todo el tiempo que dure la encomienda, es decir, hasta que sea ocupada la plaza. La plantilla del ayuntamiento asciende a más de 1.000 trabajadores.
El letrado del sindicato APLB-USO, Gómez Toribio, defendió a un policía local el cual llevaba haciendo funciones de superior categoría desde el año 2019. Esta situación se enquista ante la inactividad en la cobertura de las plazas durante 13 años, tiempo este, en el que la promoción interna no ha existido y con ello se ha coartando la posibilidad de carrera profesional dentro del cuerpo y creando una desestructuración dentro del organigrama de la policía local.
El fallo recoge en sus fundamentos de derecho, que el ayuntamiento solo abonaba las diferencias retributivas de los días efectivamente trabajados, pero no con carácter permanente. Así lo recoge el magistrado en sentencia que no admite recurso ordinario pero si recurso de casación, “El ayuntamiento ha no procedido a la cobertura de este puesto de categoría superior, que está vacante desde hace años y ha asignado al actor el puesto a través de unas asignación permanente hasta la cobertura. Es por ello que procede abonar la retribución íntegra de la nueva categoría profesional que desempeña. Por el contrario, el ayuntamiento solo le abona la diferencia de retribuciones complementarias por los días efectivamente trabajados, pero con carácter permanente, esto es, excluye los días de libranza. Así, los días en los cuales no está prestando servicio efectivo porque esa semana, en virtud de su destino en el turno de noche no trabaja o por otras incidencias, sigue ostentando la jefatura pero no se le atribuye”.
“Esta situación beneficiosa para la administración que se ahorra las retribuciones es la que ha llevado al ayuntamiento a la inactividad en la cobertura de la plaza durante años.” Concretamente el 11-12-2017 se publicó en el BOC la plaza de subinspector.
El juez en su sentencia, reconoce el derecho del funcionario a percibir los atrasos del abono de la diferencia retributiva por realizar funciones superiores de los últimos cuatro años a contar desde la fecha que presento la reclamación.
El sindicato APLB-USO mostro su satisfacción ante esta sentencia no solo afecta al funcionario denunciante, sino, a todos aquellos funcionarios de la plantilla municipal que realizan funciones superiores sin cobrar la totalidad de la diferencia atributiva, y a la vez, persuade al ayuntamiento de mantener las plazas ocupadas por este sistema sin cubrirlas de forma definitiva, ya que esa medida no tendrá ahorro alguno.