La modificación fue la respuesta a una demanda de USO, ganada en el Juzgado, que declaró como extras 50.000 horas de exceso de jornada

  El juzgado de lo Social Nº 1 de Santander ha declarado nula la modificación sustancial de las condiciones de trabajo impuesta por Ambuibérica, concesionaria del transporte sanitario de Cantabria, que eliminaba los turnos de 24 horas e imponía turnos de 8 horas a un colectivo de 250 trabajadores. Esta medida, que fue realizada, según la sentencia “en ausencia de buena fe” fue la respuesta de la empresa a una demanda ganada por USO que declaraba como horas extras 50.000 horas realizadas por exceso de jornada.

La demanda fue interpuesta por el presidente del comité de empresa, perteneciente a USO y los servicios jurídicos del sindicato, encabezado por el letrado Eduardo Porcelli. El objetivo era declarar la nulidad de pleno derecho la modificación impuesta por la empresa que eliminaba los turnos de 24 horas habituales en el servicio de urgencia e imponía turnos de 8 horas, con el consiguiente perjuicio tanto en días libres, descansos e incluso un perjuicio a la hora de las prestación del servicio. Posteriormente se sumaron demandas de UGT y CC.OO.

Tras diversas reuniones que finalizaron sin acuerdo en el periodo de consultas, la empresa impuso la medida sin atender a ninguna de las propuestas realizadas por USO. La empresa justificaba su decisión en los excesos de jornada que se producían realizando jornadas de 24 horas, además del ahorro económico por eliminar el plus de Emergencia.

El Juzgado, en su sentencia, da por probado que tras la primera reunión de negociación la empresa se limitó a mantener su propuesta de cambio, realizando la parte social varias propuestas que supondrían las 75 guardias para cumplir las 1800 horas de convenio y que las que se sobrepasasen se abonaran como horas extras.

La sentencia estima que “analizando el contenido de las reuniones, se concluye que solo existe la propuesta inicial, la contra-propuesta de la representación legal de los trabajadores. Cualquier otra alternativa se vincula a una condición imposible de cumplir por la representación legal de los trabajadores, la cual no puede renunciar los derechos individuales de sus trabajadores ni obligarles a ello”.

El titular del Social Nº1, magistrado Carlos de Francisco López, concluye que “existe una total falta de materialización de propuestas, pese al reconocimiento de que pueden existir alternativas de mantenimiento de la jornada de 24 horas, y la inclusión de la condición de renuncia de los derechos individuales de los trabajadores viene a viciar todo el proceso negociador, ante la falta de cualquier otra propuesta, por lo que deben estimarse las demandas”.

El fallo de la sentencia declara NULA de pleno derecho la modificación impuesta y condena a la empresa a reponer a los trabajadores a las anteriores condiciones de trabajo. La sentencia es recurrible.

USO-Ambuibérica, “valora cómo excelente esta sentencia en el sentido de que representa conseguir la aspiración de la mayor parte de la plantilla, unos 250 trabajadores, y una mejora sustancial en las condiciones de trabajo, tanto económica como en la calidad del servicio que se presta a la ciudadanía”.

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