La demanda ha sido promovida por USO y puede suponer el abono a los trabajadores del Grupo de más de medio millón de euros.

 Santander, a 23 de septiembre de 2021.- El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha desestimado el recurso de suplicación de SOEMCA EMPLEO, perteneciente al Grupo AMICA, y ha ratificado la sentencia del Juzgado de lo Social nº 6 de Santander, promovida por el sindicato USO, por la cual se condenaba a la empresa a abonar todos los complementos salariales que de manera unilateral había retirado a los trabajadores de SOEMCA. La empresa, que suma un total de 250 trabajadores, los retiró tras la subida decretada por el Gobierno central del salario mínimo interprofesional (SMI) en el año 2019 y posteriormente 2020.

 El recorte lo había hecho extensivo a los trabajadores del resto del Grupo, SAEMA con 110 trabajadores y la propia AMICA, con 100 trabajadores. Si bien esta demanda fue promovida en SOEMCA EMPLEO, las mismas circunstancias se dan en el resto del Grupo AMICA y por tanto de no aplicarse, una vez cobre firmeza la sentencia, el sindicato USO promoverá las acciones judiciales oportunas para su extensión a todos los trabajadores afectados, que suman más de 300 y con  un montante económico que supera el medio millón de euros en su conjunto.

Dichos trabajadores venían percibiendo el SMI de 737 euros más varios complementos salariales que sumados llegaba a un salario por encima de los 950 euros en algunos casos. Con la subida del SMI a 950 euros, estos trabajadores vinieron percibiendo el mismo salario al retirar la dirección de la empresa los complementos salariales mediante una “compensación y absorción” de los mismos. Esta práctica ha sido calificada por el TSJC como “indebida ya que para alcanzar el SMI la empresa computa todos los conceptos (antigüedad, desarrollo y capacitación profesional, complemento personal y de productividad) que no son compensables”.

La empresa adujo que el convenio de aplicación es de carácter nacional y que es negociado entre sindicatos y patronal en ese ámbito. Además AMICA afirmó para justificar el recorte que “se trata de promover la igualdad de derechos y obligaciones de todas las personas” y siempre se garantiza que al menos cobre 950 euros. No obstante, la empresa en su último informe contable apuntó que tiene aprovisionado los fondos necesarios para hacer frente a un desenlace negativo a sus intereses en el proceso judicial.

La Federación de Enseñanza de USO, con la dirección en este procedimiento de la letrada Laura Cubas Blanco, se felicita por el fallo del TSJC, por las consecuencias inmediatas de mejora salarial, y por tanto vital, de un colectivo que sufre de manera muy especial las consecuencias de la ausencia de oportunidades y desarrollo profesional. Asimismo insta a la dirección de AMICA a retornar a la vía del diálogo como elemento indispensable en la consecución de los fines sociales de la entidad.

La sentencia es recurrible ante el Tribunal Supremo, pero para USO cuenta con escasas posibilidades de ser admitida a trámite ya que al ser una sentencia pionera en el sector, AMICA no tiene la oportunidad de recurrir en casación ante el alto tribunal con una sentencia favorable para sus intereses para unificar doctrina.

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