1.- Promover la salud es también prevenir.

La Promoción de la Salud en el Trabajo: una herramienta para los Delegados y Delegadas.
La salud en el trabajo no depende únicamente de la ausencia de accidentes o enfermedades profesionales. Está condicionada por la interacción entre las condiciones de trabajo, la organización de la empresa, los factores psicosociales, el entorno laboral y las características personales.
En este contexto, la Promoción de la Salud en el Trabajo (PST) constituye una estrategia
complementaria a la Prevención de Riesgos Laborales (PRL), orientada a mejorar el bienestar físico, mental y social de las personas trabajadoras mediante actuaciones planificadas y participativas que favorezcan entornos laborales seguros, saludables y sostenibles.
Como señala la Organización Mundial de la Salud (OMS), mejorar la salud implica aumentar la capacidad de las personas y de las organizaciones para actuar sobre los factores que la determinan. En el ámbito laboral, esto supone integrar la salud como un elemento esencial de la gestión preventiva.

✔ El fomento de la salud complementa la prevención de riesgos laborales; nunca la sustituye.

2.- PREVENCIÓN Y MEJORA DE LA SALUD

La prevención de riesgos laborales tiene como objetivo eliminar o controlar los riesgos laborales.
El fomento de la salud laboral amplía este enfoque mediante actuaciones dirigidas a mantener y mejorar el bienestar y la capacidad de trabajo.
Estas actuaciones no sustituyen las obligaciones preventivas de la empresa ni compensan riesgos no controlados. Deben integrarse en el sistema preventivo mediante una planificación adecuada.
Este planteamiento se relaciona con el derecho a una protección eficaz de la seguridad y salud, recogido en el artículo 14 de la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos.

✔Promover la salud en el trabajo significa crear las condiciones necesarias para desarrollar una actividad laboral segura, saludable y sostenible durante toda la vida profesional.

3.- ¿CÓMO SE CONSTRUYE UNA EMPRESA SALUDABLE?

Una organización saludable incorpora la salud como criterio de gestión y actúa sobre las condiciones de trabajo y los factores que influyen en el bienestar de la plantilla:
Los principios de la acción preventiva del artículo 15 de la Ley 31/1995 establecen la necesidad de adaptar el trabajo a la persona, planificar la prevención e integrar los aspectos técnicos, organizativos y humanos.
Integrar la salud laboral en la planificación preventiva.
* Diseñar puestos seguros, ergonómicos y adaptados.
* Gestionar los riesgos psicosociales y favorecer entornos participativos.
* Fomentar hábitos saludables relacionados con alimentación, actividad física, descanso y
bienestar emocional.
* Facilitar la reincorporación tras procesos de incapacidad temporal.

Los principios de la acción preventiva del artículo 15 de la Ley 31/1995 establecen la necesidad de adaptar el trabajo a la persona, planificar la prevención e integrar los aspectos técnicos, organizativos y humanos.

4.- BENEFICIOS DE CREAR ENTORNOS DE TRABAJO SALUDABLES
La incorporación de estrategias de salud laboral mejora tanto las condiciones de las personas trabajadoras como los resultados de la organización.

Para las personas trabajadoras
* Mayor bienestar físico, mental y social.
* Mejora de la calidad de vida laboral.
* Menor fatiga y mejor recuperación.
* Mayor satisfacción y compromiso.

Para la empresa
* Refuerzo de la cultura preventiva.
* Mejora del clima laboral.
* Reducción del absentismo por salud.
* Mayor productividad y sostenibilidad.
* Mejor adaptación a los cambios internos.

5.- EL PAPEL DEL DELEGADO O DELEGADA DE PREVENCIÓN
Los Delegados y Delegadas de Prevención son fundamentales para impulsar iniciativas de salud laboral desde la participación y la mejora continua, pueden:
* Favorecer la integración de la salud laboral en la gestión preventiva.
* Detectar necesidades y proponer mejoras.
* Impulsar la participación de la plantilla.
* Colaborar en el seguimiento de las actuaciones.

* Comunicar situaciones con riesgo de accidente o enfermedad, para prevenirlas.
La consulta y participación de las personas trabajadoras, a través de sus representantes, constituye un elemento esencial de la prevención, Capítulo V Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales.

✔ Los entornos saludables se construyen actuando sobre las condiciones de trabajo y contando con la participación de la plantilla. La salud laboral es una responsabilidad compartida.

Actividad subvencionada por el Instituto Cántabro de Seguridad y Salud en el Trabajo del Gobierno de Cantabria.

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